Los contribuyentes que tengan alguna deuda por concepto de impuestos y comparendos tendrán una oportunidad para condonar sus obligaciones.
Gracias a un acuerdo aprobado en el Concejo de Bogotá, los contribuyentes, responsables, agentes retenedores, garantes y deudores que tienen deudas entre el 12 de marzo del 2020 y el 27 de agosto de este año podrán acceder a estos beneficios.
¿Cómo aplican los descuentos?
Los contribuyentes que tengan deudas tributarias podrán descontar el 100% de los intereses y sanciones causados si pagan la totalidad del capital adeudado a más tardar el 15 de diciembre de 2021. El alivio cobija a los deudores que incumplieron una facilidad de pago en el tiempo señalado.
Los deudores de obligaciones no tributarias como multas, sanciones y otros conceptos de naturaleza no tributaria que se encuentren en mora en el pago de las obligaciones causadas durante el mismo lapso, podrán acceder a un descuento del 60% del capital y el 100% de los intereses, siempre y cuando cancelen el 40% restante del total de la deuda hasta el 15 de diciembre de 2021. Los deudores que tengan facilidad de pago y presenten mora en el lapso mencionado tendrán derecho al descuento señalado.
A través de la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda www.shd.gov.co, los usuarios podrán liquidar las obligaciones para poder realizar los pagos en bancos y sucursales virtuales.